Para ser elegible para el estado de asilo, debe demostrar que ha sufrido persecución o temor de persecución debido a su raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un grupo social en particular. Puede incluir en su solicitud a su cónyuge legal e hijos que se encuentren en los Estados Unidos. Para incluir a su hijo, debe ser soltero y tener menos de 21 años.
Si tiene más de 21 años, puede presentar una petición en nombre de su cónyuge e hijos.
Debe presentar su solicitud de asilo dentro de un año de haber ingresado a los Estados Unidos.
Puede incluir en su solicitud a su cónyuge e hijos solteros que sean menores de 21 años y estén físicamente presentes en los Estados Unidos.
Depende. Puede solicitar asilo ante la Oficina de Inmigración (también conocida como solicitud afirmativa) o ante la Corte de Inmigración (también conocida como solicitud defensiva). El cronograma para una solicitud de asilo afirmativa dependerá del tiempo de procesamiento actual para la Oficina de Inmigración más cercana a su residencia en los Estados Unidos. El cronograma para una solicitud de asilo defensivo dependerá del calendario del Juez de Inmigración individual para la Corte de Inmigración más cercana a su residencia en los Estados Unidos.
Tenga en cuenta que si se muda mientras su solicitud de asilo está pendiente, su caso puede mudarse a una oficina o tribunal de inmigración diferente y el plazo puede cambiar.
No puede solicitar una autorización de trabajo al mismo tiempo que solicita asilo. Solo puede solicitar una autorización de trabajo después de que su solicitud de asilo haya estado pendiente durante 150 días (menos cualquier retraso causado por usted, como una solicitud para reprogramar una entrevista). Este período de tiempo entre la presentación de su solicitud de asilo y los 150 días se conoce como el “reloj de asilo”. Si se encuentra en un proceso de expulsión / deportación, puede verificar el estado del reloj de asilo llamando a la línea directa de la corte de inmigración al 1-800-898-7180.
No hay tarifa por la aplicación en este momento.
Posiblemente. El estatus de asilo es temporal y muchos asilados (personas que tienen estatus de asilo) quieren obtener el estatus de residente permanente lo antes posible. Para obtener el estatus de residente permanente, debe estar físicamente presente en los Estados Unidos. Si decide viajar después de recibir el estado de asilo, deberá obtener permiso para regresar a los Estados Unidos antes de la salida . Siempre consulte con un abogado con licencia antes de salir de los Estados Unidos con estatus de asilo.
Posiblemente. El estado de asilo es temporal y puede darse por terminado si hay un cambio fundamental en las condiciones del país o las razones por las que se concedió el asilo; o si ha cometido ciertos delitos o se ha involucrado en otras actividades mientras tiene estatus de asilo.